Muchas personas asocian herencia a fallecimiento, pero existe una fórmula para realizar herencias en vida, es decir donar tus bienes a tus seres queridos en vida. De esta forma puede ayudar a tus seres queridos con todo aquello que has logrado en vida.
Ver como tus hijos disfrutan de eso que has logrado o poder ayudar a uno de ellos cuando pasa un apuro económico mediante una donación de capital, es un deleite. Los padres están siempre por y para sus hijos, y esta fórmula además de ayudar a los hijos, les ahorra dinero, ya que cuando uno fallece y se ejecuta la herencia a los herederos les toca pagar el impuesto de sucesiones, por lo tanto, la herencia sufre una merma por dicho impuesto. Sin embargo, si se realiza una donación en vida, este impuesto no es necesario pagarlo.
Para tener claro todos estos trámites de herencia tanto en vida como tras la muerte, los mejor es recurrir a abogados herencias en Madrid.
El testamento y la herencia
El testamento es una parte fundamental de una herencia, su inexistencia solo lleva a problemas de índole económica por sobre costes y de aumento de los plazos.
Hacer el testamento en vida es algo que todos debemos tener muy claro, ya que con este documento ahorramos muchos quebraderos de cabeza a nuestros seres queridos tras nuestra muerte.
Existen básicamente tres tipos de testamentos:
- Testamento ológrafo, con este nombre se conoce el testamento que una persona redacta, por iniciativa propia y en plenitud de facultades mentales, de su propio puño y letra, en cualquier papel, pero firmado y fechado por él mismo. En este documento puede indicar los herederos e incluso legatarios que desee. No se puede excluir en este testamento, ni en ninguno de los otros tipos de testamentos, a un heredero legítimo.
- Testamento abierto, es un testamento redactado en un documento legal, se otorga ante un notario y la persona interesada o testador le expresa verbalmente su última voluntad, por ello se llama abierto, porque el notario conoce perfectamente el contenido del mismo. Se entrega copia del testamento al testador y el original es custodiado en los archivos del notarios, hasta que sea requerido por el testador para modificarlo, que puede hacerlo tantas veces como desee, o por sus herederos tras el fallecimiento.
- Testamento cerrado, es idéntico al anterior, pero en este caso el testador entrega un sobre cerrado al notario con su última voluntad, por ello el notario no conocerá el contenido hasta que no sea requerida su apertura tras el fallecimiento del testador.
Además de estos tipos de testamentos existen otros que se realizan en circunstancias especiales o particulares, como es el caso de guerras o naufragios.