La obtención y tramitación de la nacionalidad española ha sufrido, en los últimos años diferentes modificaciones. Cambios a veces significativos, provocados por diferentes motivos: bien para agilizar unos procesos que podían ser muy largos, bien para adaptarse a las nuevas circunstancias de la inmigración. En cualquiera de los casos, la solicitud de la nacionalidad sigue siendo un procedimiento para el que conviene contar con el apoyo de especialistas, como abogado extranjería Fausto.
En primer lugar, hay que tener muy claro cómo un extranjero puede adquirir la nacionalidad española. Existen diversos supuestos. Vamos a resumir los más habituales:
- Por residencia. En este supuesto hay que justificar la residencia de manera continua en el país al menos durante diez años de forma continuada y legal antes de cursar la solicitud. Aunque existen matices, un ejemplo: en el caso de que se trate de matrimonio las exigencias son significativamente menores, tan solo hay que acreditar un año de residencia legal y continuada en España en el periodo inmediatamente anterior al matrimonio.
- Por opción. Es una posibilidad que brinda el ordenamiento jurídico español, entre otras, a personas cuyo padre o madre sea o fuera español (en el caso de haber fallecido) y hubiera nacido en España.
Centrándonos en la primera vía, que de todas es la más común, a la solicitud oficial se le deben adjuntar otros documentos que, en el caso de mayores de edad son comunes: tarjeta de identidad, pasaporte en vigor, certificado de nacimiento o certificado de antecedentes penales del país de nacimiento, entre otros. Sin embargo, en caso de menores de 14 años, mayores de esa edad emancipados o refugiados, puede haber variaciones.
Novedades en la solicitud y tramitación de la nacionalidad
Hasta ahora, esa documentación, junto con la solicitud solo podía entregar se en Registro Civil del que dependiera la localidad de residencia del solicitante. Sin embargo, ya existe la posibilidad de hacer los trámites de manera telemática, y no solo eso, sino que además se puede hacer un seguimiento del proceso.
Se facilita la solicitud y se agilizan los trámites (la resolución no podrá producirse más allá de un años después de la solicitud), pero a cambio la tramitación ha dejado de ser gratuita. Y aún hay una novedad añadida: la obligación de aprobar un examen de idioma para los no hispanoparlantes y de conocimientos básicos sobre la realidad española.
Como cualquier otro trámite, la solicitud de la nacionalidad española puede llegar a convertirse en un verdadero quebradero de cabeza si no se tienen muy claros los pasos que se deben dar. Pero hay que tener en cuenta que en este proceso entran en juego circunstancias personales que pueden hacerlo mucho más penosos. Evitar errores y esperas innecesarias por una mala información es fundamental, por eso es conveniente acudir a abogados extranjeria e inmigración Valencia.